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La devoción a Santa Filomena (VIII) – La validez de su estatus (I)

La devoción a Santa Filomena (VIII) – La validez de su estatus (I)

Estatus eclesial presente

Una auténtica evaluación del estatus eclesial actual de la devoción a Santa Filomena podría fundarse en las siguientes conclusiones anteriormente discutidas:

1.- Los restos de Filumena fueron designados como pertenecientes a una virgen y mártir cristiana por Monseñor Ponzetti, Custodio de las Sagradas Reliquias por la Santa Sede el 25 de mayo de 1802.

2.- El culto público de Santa Filomena, virgen y mártir, fue aprobado en un decreto pontificio del papa Gregorio XVI el 30 de enero de 1837, con la aprobación del oficio, misa común de una virgen y mártir y una cuarta lectura adecuada en honor a Santa Filomena el 11 de agosto.

3.- Diecinueve actas de la Santa Sede durante los pontificados de cinco papas fueron establecidas con positiva promoción de la devoción popular a Santa Filomena, en forma de culto litúrgico, archiconfraternidades, indulgencias parciales y plenarias.

4.- Numerosos santos, beatos y venerables han testificado la realidad y el excepcional poder intercesorio de Santa Filomena, incluidos la Venerable Pauline Jaricot, Beata Anna Maria Taigi, San Pierre-Julien Eymard, San Pedro Chanel, Santa Madeleine-Sophie Barat, Santa Magdalena de Canossa, Beato Bartolo Longo, Beato Pío IX, papa; San Pío X, y especialmente San Jean Vianney.

5.- Las conclusiones arqueológicas de Marucchi, que pusieron en duda la autenticidad de los restos de Santa Filomena, han recibido una refutación significativa por Bonavenia, De Rossi, y otros en el tiempo de la controversia, y más recientemente por Fr. Antonio Ferrua, S.J., Secretario de la Comisión Pontificia de Arqueología Sagrada.

6.- Ni la directiva de 1960 por parte de la Congregación de Ritos para retirar a Santa Filomena del calendario, ni su omisión en el Martirologio Romano revisado, afectan negativamente la devoción popular a Santa Filomena, papalmente establecida y eclesiásticamente aprobada, que continúa con sanción eclesiástica hasta el día de hoy.


Es más, si examinamos el actual proceso de beatificación y canonización dentro de la Iglesia, encontramos los siguientes pasos:

1.- La heroica virtud o martirio del Siervo/a de Dios debe ser históricamente establecida; cuando ello se cumple el Siervo/a de Dios es llamado “Venerable”.

2.- Para la beatificación un milagro debe ser atribuido a la directa intercesión del Siervo/a de Dios; la beatificación permite entonces, por decreto papal, permite una veneración pública restringida a una particular, limitada esfera de la Iglesia como diócesis particulares, países o comunidades religiosas (normalmente en forma de misa y oficio establecido en honor del beato/a).

3.- Debe ser atribuido al beato otro milagro post-beatificación mientras se da la pública veneración que es, por precepto, extendida a la Iglesia universal por el pontífice. Detrás del proceso de canonización formal, hay también una “canonización equivalente”, por lo cual el proceso canónico formal no ha sido introducido, pero el Siervo/a de Dios ha recibido más de cien años de veneración pública y su santidad ha sido reconocida por el papa.


Si aplicamos estos criterios contemporáneos para beatificación y canonización al caso de Santa Filomena en un modo más especulativo, hallamos que:

1.- El descubrimiento del vial de sangre y el símbolo de la hoja de palma en su loculus, indicando martirio cristiano, es uno de los dos criterios para el primer paso de canonización (que actualmente constituye el grado máximo de virtud heroica).

2.- Gran número de milagros documentados que tuvieron lugar en el Santuario de Mugnano de 1805 a 1837, incluida la milagrosa cura de Pauline Jaricot, testificada por el papa, llevó a Gregorio XVI a decretar el culto público litúrgico en la región particular de Nola (comparable al culto litúrgico concedido a un beato/a).

3.- Una segunda gran cantidad de milagros fueron registrados en procesos eclesiásticos, tanto en Mugnano como en Arts, milagros que tuvieron lugar en un período de tiempo contiguo a la concesión de una particular veneración pública, y que incluyeron la milagrosa cura de San Jean Vianney.

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